Por Luis Maury (Colaborador)
Según los expertos Lawrence Robinson y Melinda Smith: “La incertidumbre nos rodea, hoy más que nunca. Todos queremos sentirnos seguros y tener una sensación de control sobre nuestras vidas y bienestar. El miedo y la incertidumbre pueden hacer que se sienta estresado, ansioso e impotente sobre la dirección de su vida. Puede agotarlo emocionalmente y atraparlo en un círculo vicioso de interminables «qué pasaría si», y los peores escenarios sobre lo que puede traer el mañana.
Todos somos diferentes en la cantidad de incertidumbre que podemos tolerar en la vida. Algunas personas parecen disfrutar tomando riesgos y viviendo vidas impredecibles, mientras que otras encuentran profundamente angustiosa la aleatoriedad de la vida. Pero todos tenemos un límite. Si se siente abrumado por la incertidumbre y la preocupación, es importante que sepa que no está solo; muchos de nosotros estamos en el mismo barco. También debe tratar de darse cuenta que cuando más desesperado que se sienta, hay pasos que puede tomar para así lidiar mejor con aquellas circunstancias incontrolables para aliviar su ansiedad y enfrentar lo desconocido con más seguridad.”
Tratando de mitigar esa ansiedad colectiva en nuestra gran comunidad inmigrante este medio de comunicación y quien redacta este articulo no pretendemos más que brindar una luz de esperanza en la penumbra del clima hostil y a veces confuso panorama que se vislumbra conforme pasan los días de esta nueva administración. Las discusiones en inmigración y los posibles cambios de políticas crean demasiado stress y una incertidumbre elevada al interior de nuestras familias y población en general. Ofrecemos entonces, a continuación, una explicación clara y precisa basada en las investigaciones y opiniones de abogados sobre como realmente funcionan las leyes de inmigración y los requisitos de un debido proceso en los EE.UU. Reiteramos entonces que, es afán nuestro aliviar en parte la pesada carga de ansiedad causada por malos entendidos. Esperamos que cada miembro de nuestra comunidad se sienta más seguro, más apoyado y listo para extender la compasión hacia los demás.
Visión general de la legalidad de las detenciones y Deportaciones en Masa.
Según la ley de EE.UU. No es permitido arrestar arbitrariamente. Cada persona. en los Estados Unidos, independiente de su estatus migratorio, tiene derecho a ciertas protecciones del debido proceso.
Después del 5 de enero 2025, ha habido una considerable discusión sobre los posibles nuevos objetivos de la nueva administración relacionados con la aplicación de la inmigración. Esto ha creado mucho miedo entre la comunidad. Sin embargo, la pregunta crucial es si tales acciones, particularmente la deportación masiva de individuos, son significativas más allá de ser utilizadas como “Retorica práctica.”
Existen antecedentes que un ex juez (anteriormente afiliado a la Asociación de Jueces de inmigración) conjuntamente con Rebeca Sánchez Roy quien sirvió como fiscal bajo las administraciones de Clinton, Bush y Obama, hay una preocupación significativa de que las declaraciones que llaman a deportaciones masivas pueden llevar a acciones que violen el debido proceso en los procedimientos de inmigración. Su opinión es que implementar tales medidas amplias como se ha discutido públicamente es tanto prácticamente como legalmente problemático.
Ellos creen que sería difícil para cualquier administración implementar deportaciones masivas de millones de personas, dadas las restricciones actuales, legales constitucionales y logísticas involucradas, en tal desastrosa acción.
Existen 4 grandes factores que afectan la implementación de deportaciones a gran escala y estos serían serios y enormes obstáculos para la actual administración:
1.- Restricciones financieras.
El costo de construir o expandir centros de detención, contratar agentes de inmigración adicionales y capacitar a tanto nuevo personal y en tan corto plazo seria extraordinariamente alto.
2.- Desafíos legales.
Varias leyes y mecanismos legales, incluyendo la ley de inmigración y Nacionalidad (INA), limitan como y bajo que circunstancias las personas pueden ser detenidas o deportadas.
La referencia a una llamada “Laken Riley Law”, que supuestamente otorgaría a los estados mayor poder para desafiar las políticas federales de inmigración y requerir la detención de migrantes acusados de delitos violentos, es confusa. Hasta la fecha, no hay claridad respecto de una ley federal ampliamente reconocida por este nombre. Cualquier ley que involucre desafíos estatales a la política federal o imponga la detención obligatoria debe cumplir con la constitución de EE.UU., las leyes federales de inmigración y las sentencias relevantes.
3.- Consideraciones Internacionales.
Los países receptores de individuos deportados deben estar de acuerdo (a lo menos estar preparados) para aceptar grandes cantidades de personas que regresan. Esto plantea desafíos de políticas sociales y económicos para estos países.
4.- Plazo practico.
Planificar, promocionar y construir una infraestructura de cumplimiento significativa (centros de detención, jueces de inmigración adicionales, expedientes judiciales ampliados, etc.) llevaría mucho tiempo y recursos. Cualquier nueva iniciativa de política debe ser revisada y luego financiada e implementada.
Estas realidades demandan una discusión equilibrada e informada: ¿Que sea realista bajo la ley actual y que podemos esperar ver?
Dentro de la misma problemática Rebeca Sánchez también habría argumentado que sobre el concepto de “Deportación masiva de millones de extranjeros delincuentes” ella y otros han explicado que la ley de inmigración de EE.UU. NO permite a las autoridades la instauración de la ley al arrestar o remover personas indiscriminadamente. Aunque ciertos delitos puedan llevar a la remoción acelerada (o deportación sin ver a un juez), esto se aplica principalmente a categorías específicas de individuos, como aquellos con orden previa de remoción, o recientes inmigrantes sin documentación valida.
Ahora bien, profundizando sobre las declaraciones de los expertos en leyes debemos señalar que, hay individuos que si pueden enfrentar la remoción inmediata.
1.- Estadías prolongadas con Visa de turista.
Los individuos que ingresaron con una visa temporal (de turista) y permanecieron más allá del periodo permitido (generalmente 90 días dependiendo de la visa) pueden ser removidos sin necesariamente tener derecho a una audiencia ante un juez de inmigración, si son encontrados por las autoridades. De inmigración.
2.- Individuos con ordenes finales de remoción (In absentia” o de otro tipo)
Si un juez de inmigración ha emitido previamente una orden de remoción (por ejemplo, porque alguien no se presentó a una audiencia) esa orden, puede ejecutarse sin un nuevo proceso judicial.
3.- Las personas que acordaron una salida voluntaria pero que nunca salieron también pueden estar sujetas a la ejecución inmediata.
Entonces según lo señalado anteriormente y debido a estas órdenes finales existentes, hay potencialmente un gran numero (cientos de miles) de posibles individuos sujetos a una posible remoción sin audiencias previas.
Individuos sin ordenes finales
Existe en este país un número aproximado de 12 millones de individuos hombres, mujeres y niños sin ninguna orden de remoción. De aquí se desprende que, los indocumentados sin ninguna orden de remoción y si las autoridades de inmigración desean deportar a alguien que nunca ha sido ordenado removido, esa persona generalmente tiene derecho a una audiencia ante un juez de inmigración.
Personas sin orden de remoción y que en presente enfrentan cargos criminales: Si una persona indocumentada tiene un delito en su registro, podría ser detenida y puesta en procedimiento de inmigración. No necesariamente enfrentarían una remoción expedita a menos que cumplan con criterios específicos bajo la ley.
El derecho a un debido proceso:
Antes de la remoción, los individuos en esta categoría generalmente tienen derecho de presentar defensas (por ejemplo, asilo, cancelación de remoción) y de apelar decisiones adversas, un proceso que puede llevar meses o incluso años.
Términos empleados en la retórica de la nueva administración:
Etiquetar a todos los indocumentados como “criminales” es inexacto. Ingresar a los EE.UU. sin inspección o exceder el periodo de una visa, se trata generalmente como una violación civil o administrativa y no como un delito penal.
Recordemos que, en el pasado, ciertas administraciones intentaron procesar penalmente los cruces fronterizos no autorizados (Tolerancia Cero), lo que llevo a prácticas polémicas como la “separación familiar.” Acción tan criticada a nivel global. Por tanto, estaría por verse si esta u alguna otra administración correrían el riesgo a tan dura crítica por implementar de regreso tales nefastas políticas.
En el mismo orden si se llegase a declarar públicamente políticas así, las autoridades de inmigración deben especificar que individuos califican como “criminales” bajo la ley. Sin tal precisión legal las declaraciones o retoricas no son ajustadas a la realidad y generalmente no son inmediatamente ejecutables.
Frente a este nuevo panorama nos cabe señalar que, actualmente, se cuenta con alrededor de un millón o más de personas que tienen órdenes finales de remoción no ejecutadas. Estos individuos están en mayor riesgo de ser objetivos de deportación inmediata.
Sin embargo, si esta administración busca remover a inmigrantes que no tienen ordenes finales, el gobierno estaría obligado llevar a cada caso ante un tribunal de inmigración. Pero como todos sabemos existe un retraso continuo en los tribunales de inmigración por lo tanto cada caso puede demorar muchos meses o años antes de ver una resolución. Por otra parte, una posible apelación en cada caso extendería mucho más este ya largo cronograma.
Capacidad administrativa muy disminuida.
Para nadie es un secreto que resulta imprescindible dotar a los tribunales de inmigración de más jueces, personal e infraestructura para acelerar los procesos existentes. Ahora bien, cualquier deseo de aumentar la carga de estos tribunales con millones nuevos casos, no hará otra cosa que exacerbar los ánimos y finalmente desplomar el ya lento sistema judicial de inmigración.
Factores económicos y humanitarios que también se podrían ver afectados.
Sin lugar a dudas una acción a gran escala podría conllevar graves daños a la economía en general y no solo referimos a los afectados sino un a un sinnúmero de otras instituciones financieras y de diversas actividades comerciales. Si pensamos que, muchos de personas indocumentadas poseen propiedades, vehículos y tienen obligaciones financieras (hipotecas, tarjetas de crédito, prestamos etc.). tales acciones de ejecución rápidas o mal gestionadas podrían resultar en incumplimientos y repercusiones económicas más amplias y graves.
RESUMEN
1.- Estamos día a día sujetos a escuchar una retórica intensa y que probablemente seguiremos viendo además en las primeras planas. La realidad es que cualquier campaña de ejecución a gran escala enfrenta numerosos obstáculos legales y logísticos. Definitivamente, la ley en EE.UU. requiere un debido proceso, que generalmente incluye una audiencia con un juez para aquellos individuos que no tienen una orden final de remoción. Recordemos, además, que Implementar un aparto de deportación más extenso requerirá necesariamente de más recursos financieros sustentables, mayor personal, infraestructura y cooperación de los países receptores, todo lo cual lleva tiempo y que debe adherirse a protecciones constitucionales.
2.- La reciente orden ejecutiva ha rescindido las directrices anteriores que limitaban las acciones de ejecución de inmigración en áreas sensibles, como escuelas e iglesias. Esto significa que los agentes de ICE deben usar el sentido común y la discreción al ejecutar acciones en estas áreas.
Finalmente, es anhelo del suscrito y de esta editorial recalcar que, este artículo es un documento informativo y no debe considerarse asesoría legal. Las personas con inquietudes específicas sobre su estatus migratorio deben necesariamente consultar directamente con un abogado de inmigración quien tenga en su poder una debida licencia profesional acreditada por las autoridades pertinentes.