Los derechos humanos, según su formulación original en la Declaración Universal de 1948, constituyen una “ley superior” y un “modelo común para todos los seres humanos”. Fueron concebidos con el propósito de reconocer solemnemente el “valor de la dignidad humana”.
En su concepción inicial, los derechos humanos fueron definidos por las siguientes características esenciales:
• Inherentes e Innatos: Pertenecen a todos los hombres por el mero hecho de pertenecer a la especie humana. Son una “propiedad innata de los seres humanos”.
• Indivisibles e Inviolables: Esto significa que nadie tiene la potestad de cambiarlos a su antojo.
• Pre-políticos y A políticos: Se supone que no son construcciones del poder, sino derechos “constitutivos de la persona” que el poder debe reconocer y proteger, independientemente de su orientación ideológica.
La redacción de la Declaración Universal de 1948 fue motivada por los crímenes atroces de la Segunda Guerra Mundial, y se buscó establecer un instrumento para evitar el relativismo legal y el desprecio de la dignidad humana. El Tribunal de Núremberg había concluido que existía una “ley superior a las leyes positivas”, una “ley natural”, que permitía a cualquier persona con discernimiento reconocer cuándo una orden era criminal. La Declaración intentó establecer esta ley superior.
Originalmente, los derechos humanos servían como “límite a la actuación de los poderes públicos” y como “garantía de una vida digna”.
En la actualidad, el concepto ha alcanzado casi el estatus de “nuevo evangelio de una religión laica”, aunque paradójicamente, aquellos que más trabajan en su desnaturalización los invocan. Hoy en día, a los derechos humanos se les atribuye un “valor mágico”, siendo a la vez un “talismán y un comodín” que significan “todo y no significan nada”.
Bajo el nombre de derechos humanos, se amparan a menudo “intereses particulares a veces incluso de índole criminal”, y se han convertido en instrumentos de perversión política. En esta nueva visión, los derechos han dejado de ser una propiedad innata para transformarse en “concesiones graciosas del gobernante de turno”
Quienes promueven esta redefinición operan de forma astuta para crear artificialmente una opinión pública favorable a estos falsos derechos.
Este proceso se realiza a través de una “nueva senda totalitaria” disfrazada de democracia, que busca modelar las conciencias de los ciudadanos mediante la propaganda:
1. Instrumentos Internacionales sin Valor Legal: Se organizan conferencias internacionales (como las de Pekín o El Cairo) que emanan textos jurídicos sin valor legal pero con gran valor político. Estos documentos proponen nuevos términos como el “derecho reproductivo a la salud reproductiva y sexual” para referirse al aborto.
2. Manipulaciones Semánticas y Pseudocientíficas: Organismos internacionales (como la OMS) elaboran manipulaciones semánticas (por ejemplo, llamar a la píldora abortiva “contracepción de urgencia”) y argumentos pseudocientíficos (como el concepto de “pre-embrión” o las tesis sobre la explosión demográfica) para enmascarar la verdadera naturaleza de los crímenes que pretenden convertir en derechos.
3. Legitimación Nacional: Los gobiernos nacionales se acogen a la “apariencia de legitimidad” de estos documentos internacionales para promover legislaciones que consagran el aborto o formas de familia alternativas, creando el espejismo de una demanda social.
4. Presión y Estigmatización: Organizaciones no gubernamentales y lobbies esgrimen estas manipulaciones para modelar la opinión pública. Quienes se oponen a la nueva norma son tachados de fundamentalistas, intolerantes, retrógrados o fanáticos, pues los conceptos de progreso, tolerancia y derechos humanos han sido usurpados.
Esta perversión política convierte a los derechos humanos en un instrumento al servicio de intereses privados. La consecuencia es la emergencia de un nuevo totalitarismo.